Reforma del Régimen de Autónomos. Cómo te influye

Comenzamos comentando la reforma del Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) que se está proyectando y que debería estar lista a finales de este mes.

Principales puntos de la reforma del régimen de autónomos

¿Es buena para los autónomos? ¿Quizá no es tan buena? Mucho se ha comentado en la pasada semana, para bien y para mal, por lo que vamos a tratar de analizar los principales puntos del proyecto:

1. Mínimo para estar dado de alta en el RETA

Los trabajadores inscritos en el RETA cuyos rendimientos netos no superen el umbral del Salario Mínimo Anual (SMI), equivalente a 655 euros al mes o una cuantía anual de 9.172 euros al año (en 14 pagas), «no tendrán la obligación de cotizar por cuotas fijas, en los términos que se dispongan reglamentariamente».

Sobre este tema había jurisprudencia, pero Seguridad Social jamás había movido ficha, con lo que cualquier autónomo con unos ingresos exiguos que pretendía operar en el mercado sin alta en RETA dada la cuantía de sus ingresos se encontraba con un vacío legal y, por tanto, con inseguridad jurídica. Me dan miedo “los términos que se dispongan reglamentariamente”… veremos si se hace una cotización más baja o exención. Toca esperar.

2. Tarifa plana

Se amplía de seis a doce meses la tarifa plana de 50 euros al mes de cotización para los nuevos autónomos. La propuesta no indica si eso implica un aumento en 6 meses el resto de bonificaciones existentes o no. Seguiremos esperando. En esencia, junto con el punto anterior,  se siguen poniendo parches a lo que es un clamor entre los autónomos, ligar la cotización al beneficio, no ser una cotización fija independientemente de tener beneficios o pérdidas.

3. Cotizaciones específicas y por días

Se establecerán fórmulas de cotización para el trabajo autónomo a tiempo parcial y para el que tenga vocación de no habitualidad o complementariedad económica.

También se plantea la posibilidad de que las bajas y altas en el RETA se realicen desde/hasta el día efectivo y no por el mes entero.

No está mal… ya iba siendo hora.

4. Deducciones fiscales

Se pretende clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad para tener una mayor seguridad jurídica. Por fin parece que se va a equiparar el criterio de IVA e IRPF en los gastos relacionados con automóviles parcialmente afectos a la actividad económica. Resulta aberrante que el criterio de deducibilidad de IVA en estos gastos (50%) no coincida con el criterio de IRPF (corre por cuenta del autónomo la carga de la prueba de la utilización del vehículo propio en el ejercicio de la actividad) que dejaba en clara inseguridad jurídica.

Parece también que por fin podemos deducirnos suministros (hasta el 20%) cuando realizamos la actividad en nuestro domicilio. No mencionan el teléfono… con lo que  me temo lo peor.

5. IVA de caja

Reformar el criterio del régimen de IVA de caja para retrasar el pago del IVA a su cobro efectivo, quitando el límite del 31 de diciembre que existe ahora.

En cualquier caso no habla nada de las condiciones de alta en este régimen, y lo que es más importante, los efectos que tiene en los clientes de los autónomos que efectivamente se dan de alta en el régimen. En esencia este ha sido el problema para que este régimen haya sido un fracaso desde el punto de vista del número de autónomos inscritos en el régimen, no desde el punto de vista de hacienda que casi no vio mermada su recaudación por este hecho.

En cualquier caso, sería más práctico que se cumpliera la ley de lucha contra la morosidad, que establece un plazo de pago de 60 días (30 para el sector público) y que no cumple nadie en este país. Así nos quitábamos de IVA de caja.

6. Paro de autónomos

Parece que se va a modificar para mejorar y agilizar su tramitación y equipararla a la prestación por desempleo. Esto siempre me ha parecido un timo (y las estadísticas así lo han confirmado), hay que probar razones objetivas para el cese de actividad… y eso se hace teniendo pérdidas. ¿Cuánto tiempo de pérdidas puede aguantar un autónomo? Un profesional, en cuanto ve que no da se da de baja… con lo que probar esa objetividad es difícil, con lo que cobrar esa prestación se complica mucho. Estaría bien que se centraran en los criterios objetivos para poder optar a cobrar la prestación cotizada.

7. Compatibilidad con la pensión

Compatibilizar los trabajos por cuenta propia con la percepción de una pensión de jubilación, en los términos que se establezcan reglamentariamente. Otra vez este comentario… que da miedito, la verdad.

En esencia. Más de lo mismo. Faltan muchas cosas por desarrollar y concretar. Parece en algunos puntos que nos venden como nuevo algo que ya teníamos, que soluciona ineficiencias de la legislación actual del Régimen General de Trabajadores Autónomos (como el IVA de caja), pero no resuelve el problema, ahonda una solución que de partida fue fallida. En esencia se trata de dar alguna pincelada que, con suerte, a alguien le va a venir bien, pero el problema de fondo se mantiene: cotización fija, morosidad pública y privada, reglamentaciones que te impiden acogerte a lo que tratan de vender, agravios comparativos con Régimen General… y en general vivir bajo la sospecha de ser culpable porque no se nos puede controlar igual que al que tiene una nómina.



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